Blog

Ayudas a Infraestructuras Científicas y Técnicas Singulares (ICTS)

Abierto el plazo (hasta el 14 de julio) para la solicitud de las ayudas a Infraestructuras Científicas y Técnicas Singulares (ICTS) 2016, dentro del Plan Estatal de I+D+i 2013-2016, dotadas de un presupuesto de 7 millones de euros. Estas ayudas se instrumentalizan a través de subvenciones.


Su objetivo es proveer, mantener y actualizar las infraestructuras científicas y técnicas para que sean accesibles a todos los agentes del Sistema y facilitar una investigación científico-técnica de calidad, así como el desarrollo de actividades empresariales de I+D altamente competitivas.
Las ayudas podrán concederse bajo la modalidad de subvención, préstamo, anticipo reembolsable, créditos financieros o una combinación de las mismas y no precisarán de la constitución de garantías.

Beneficiarios.
Organismos públicos de investigación.
Universidades públicas, sus institutos universitarios, y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D+I.
3º Otros centros públicos de I+D.
Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas, que desarrollen actividad investigadora.
Institutos de investigación sanitaria.
6º Entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que realicen y/o gestionen actividades de I+D.
Empresas.
Centros tecnológicos de ámbito estatal y Centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal.
Agrupaciones o asociaciones empresariales que realicen entre sus actividades proyectos y actuaciones de I+D para su sector.
10º Agrupaciones empresariales innovadoras y plataformas tecnológicas.
11º Otras organizaciones que presten apoyo a la transferencia tecnológica, o realicen difusión y divulgación tecnológica y científica.
12º Otros centros privados de I+D+I.
13º Empresas Innovadoras de Base Tecnológica.
b) Las uniones temporales de empresas (UTE).

Conceptos susceptibles de ayuda.
Costes directos de ejecución, que incluyen, entre otros, los siguientes subconceptos:
1º Personal.
2.º Inmovilizado material.
3.º Inmovilizado intangible.
4.º Adquisición de los bienes materiales relacionados en los párrafos anteriores, en la modalidad de arrendamiento financiero (leasing).
5.º Adquisición y mantenimiento de pequeño equipamiento destinado a I+D+I.
6.º Material fungible.
7.º Consultoría y estudios preparatorios relacionados con la inversión.
8.º Costes de utilización y acceso a las ICTS y grandes instalaciones científicas, nacionales e internacionales.
9.º Estudios de viabilidad, diseño detallado o construcción de infraestructuras.
10.º Otros gastos, incluidos viajes, dietas, honorarios, cuotas a organizaciones y entidades científicas internacionales, organización de congresos, seminarios, conferencias y cursos de formación relacionados con el uso y tecnologías aplicadas en infraestructuras científicas, nacionales o internacionales.
11.º El gasto derivado del informe realizado por un auditor, cuando su aportación sea exigida en la convocatoria.

Subcontratación.
Podrán subcontratarse las actuaciones objeto, hasta el porcentaje máximo del 90% del importe de la actividad subvencionada.

Compartir:

Categorías

¿Alguna duda?

Lunes-Jueves: 8:30 – 17:30
Viernes: 8:30 – 14:30