El Departamento de Promoción Económica, Medio Rural y Equilibrio Territorial de la Diputación de Gipuzkoa ha publicado dos convocatorias de ayudas empresariales, «Gipuzkoa Industria 4.0: Desarrollo de productos y servicios» y las ayudas del “Programa de Internacionalización”. Ambas vienen enmarcadas en el Plan de Reactivación Económica cuyo objetivo es el de «Impulsar la transformación de Gipuzkoa en un Territorio inteligente (Smart Gipuzkoa), mediante la aplicación de las TEIC e impulsando la industria (industria 4.0) y los servicios empresariales avanzados», dando así respuesta al reto de apostar por una Industria avanzada; un sector clave por su peso y por su capacidad de arrastre, por ser el principal motor de generación de riqueza y empleo y la palanca principal de internacionalización y de la I+D+i”.
Programa «Gipuzkoa Industria 4.0: Desarrollo de productos y servicios»
El plazo de presentación de solicitudes se extiende hasta el próximo 6 de junio. El programa está dotado de un presupuesto de 700.000 euros.
Objeto de la subvención. Proyectos dirigidos al desarrollo de nuevos productos, tecnologías o aplicaciones, destinados al mercado de la Fabricación Avanzada y de la Industria 4.0.
Tendrán la consideración de beneficiarias las empresas guipuzcoanas que tengan su domicilio social y fiscal en Gipuzkoa. La plantilla mínima que deberá tener la empresa será el equivalente de 10 personas empleadas a jornada completa; en el caso de nuevas Empresas de Base Tecnológica, el tamaño mínimo de la plantilla será de 6 personas.
Requisitos de los proyectos.
Los proyectos deberán incluir gastos subvencionables por un presupuesto mínimo de 30.000 euros. En el caso de nuevas Empresas de Base Tecnológica ese importe mínimo será de 15.000 €.
Las ayudas reguladas en estas bases solo serán aplicables si tienen efecto incentivador sobre la actividad de la empresa objeto de la ayuda.
Gastos subvencionables.
Aquellos que figurando recogidos en el presupuesto desglosado y detallado de la actividad que presente la entidad solicitante estén vinculados de manera indubitada al desarrollo de la misma, específicamente los gastos de personal interno y las subcontrataciones.
Se consideran subvencionables el desarrollo de productos o servicios relacionados con:
— Gestión y control de negocio y nuevos modelos de negocio (servitización, relación con clientes y proveedores,…).
— Gestión y control del proceso productivo.
— Desarrollo de medios productivos para productos Industria 4.0.
— Productos Industria 4.0.
— Conectividad y movilidad.
— Ciberseguridad.
— Big Data.
— Computación y cloud.
— Realidad aumentada y realidad virtual.
— Robótica avanzada.
— Sensores y Sistemas inteligentes low-end y embebidos.
— Vision artificial, inspección 3D y medición avanzada.
— Fabricación aditiva e impresión 3D.
— Tecnologías de trazabilidad de procesos y productos.
Porcentajes y cuantía máxima de las subvenciones.
La intensidad de la ayuda no excederá del 25% del coste subvencionable.
Cuando la ayuda se conceda a una PYME, la intensidad máxima de la ayuda podrá incrementarse en 10 puntos porcentuales para las medianas empresas y 20 puntos porcentuales para las pequeñas empresas.
La subvención máxima por proyecto y convocatoria será de 150.000 €.
Ayudas del “Programa de Internacionalización”
Constituye el objeto de estas subvenciones promover la internacionalización de las empresas guipuzcoanas. Para ello se impulsará la apertura exterior de las empresas del territorio en el acercamiento, crecimiento y consolidación de su negocio en los mercados internacionales, a través de fomentar y promocionar las siguientes líneas de actuación:
— Línea 1: Comercialización y lanzamiento en el mercado internacional de nuevos productos desarrollados por parte de las empresas guipuzcoanas Inter-Produktu.
— Línea 2: Apoyo a las implantaciones exteriores, productivas y comerciales Inter-Ezarpen.
El plazo de presentación de solicitudes expira el 30 de mayo. El presupuesto es de 1,3 millones de euros.
Tendrán la consideración de beneficiarias de las ayudas las empresas con domicilio social y fiscal en Gipuzkoa, Pequeñas y medianas empresas (en adelante PYMES), Nuevas Empresas de Base Tecnológica (en adelante, NEBTs) que sean PYMES de reciente constitución, considerando como tales a las empresas creadas en los cinco ejercicios precedentes a la convocatoria correspondientes y grandes empresas.
Cuantía de las subvenciones.
Comercialización y lanzamiento en el mercado internacional de nuevos productos Inter-Produktu:
— Acciones significativas de marketing y comercialización que impliquen difusión, marketing, promoción, presencia en ferias, congresos o eventos relevantes, o actuaciones similares: Hasta el 30%.
— Trabajos de diseño de producto, realización de prototipos y preseries, ingeniería de producción, industrialización, homologaciones, certificaciones de calidad, ensayos y similares: Hasta el 35%.
— Solicitudes de patentes, incluyendo estudio y asesoramiento. Registro de marca, nombres comerciales: Hasta el 35%.
Estos porcentajes se incrementarán en diez puntos en el caso de que sean proyectos presentados por NEBTs PYMES.
En cambio, se reducirán en diez puntos en el caso de grandes empresas, excepto que éstas sean NEBTs.
La subvención máxima por proyecto se establece en 75.000,00 €.
En relación a las actuaciones de implantación Inter-Ezarpen, se considerarán:
— En la implantación productiva: Hasta un 15% de las aportaciones a los recursos permanentes de las empresas constituidas en el exterior. En el caso de las grandes empresas, el porcentaje de ayuda será hasta un 10%. El máximo por proyecto se establece en 100.000 €.
Estos porcentajes se incrementarán en diez puntos en el caso de que sean proyectos presentados por NEBTs PYMES.
— En la implantación comercial: Hasta un 40% de los gastos de estructura de la filial, con un máximo de 40.000 € por proyecto. La ayuda concedida al proyecto concreto no superará el importe considerado en el apoyo inicial a la implantación comercial concedido a través del programa Global Lehian del Gobierno Vasco.
Este porcentaje se reducirá en diez puntos en el caso de grandes empresas, excepto que éstas sean NEBTs.
En relación a las líneas de ayudas, los requisitos para cada actuación son:
– Comercialización y lanzamiento en el mercado internacional de nuevos productos desarrollados por parte de las empresas guipuzcoanas Inter-Produktu.
Las empresas beneficiarias deberán haber desarrollado nuevos productos en ejercicios precedentes para lo cual deben cumplir alguno de los siguientes requisitos:
a) Haber sido apoyadas por parte del Gobierno Vasco u otras administraciones públicas, en líneas de ayudas específicas en relación con el desarrollo de nuevos productos, o ayudas generales relacionadas con I+D+i en cuya resolución se pueda considerar claramente que la ayuda se contempla en relación con un producto nuevo para la empresa.
b) Constar como solicitante o titular de una patente de invención referida al nuevo producto del que se pretende su lanzamiento internacional.
c) Únicamente para Pequeñas empresas, se podrá considerar contar con un catálogo de producto propio, que sea el material promocional de presentación de la empresa y sus productos.
– Apoyo a las implantaciones exteriores, productivas y comerciales Inter-Ezarpen.
En relación a las implantaciones productivas, las empresas solicitantes realizarán inversión consistente en la creación, ampliación o adquisición de filiales con participación mayoritaria, en el exterior.
En relación a las implantaciones comerciales, se apoyará la continuidad en la implantación de establecimientos comerciales de empresas guipuzcoanas, que hayan sido beneficiarias durante alguno de los dos ejercicios precedentes a través del programa Global Lehian del Gobierno Vasco, de ayudas a las acciones de promoción y de implantación en el exterior.
Actuaciones objeto de subvención y gastos susceptibles de apoyo.
Serán objeto de subvención los trabajos y servicios contratados externamente, en las siguientes actuaciones:
Comercialización y lanzamiento en el mercado internacional de nuevos productos desarrollados por parte de las empresas guipuzcoanas Inter-Produktu.
Se considerarán las acciones de lanzamiento exterior del nuevo producto en países no pertenecientes a la Unión Europea. Se considerará un máximo de dos países por convocatoria, siendo las actuaciones,
— Acciones significativas de marketing y comercialización: difusión, marketing, promoción, presencia en ferias, congresos o eventos relevantes, o actuaciones similares.
Siempre que acompañen a las acciones de marketing y comercialización, se podrán considerar:
— Trabajos de diseño de producto, realización de prototipos y preseries, ingeniería de producción, industrialización, homologaciones, certificaciones de calidad, ensayos y similares; si resulta necesario y justificado en relación a los requerimientos de los mercados objetivo del proyecto en relación al nuevo producto que se desea comercializar.
— Solicitudes de patentes, incluyendo estudio y asesoramiento previo. Registro de marca, nombres comerciales. Todo ello, orientado a los mercados objetivos y el producto del que se plantea su comercialización y lanzamiento.
Apoyo a las implantaciones exteriores, productivas y comerciales Inter-Ezarpen.
Se considerarán acciones orientadas a países no pertenecientes a la Unión Europea, contemplándose:
Implantaciones productivas: Apoyo en la inversión en implantaciones productivas consistentes en la creación, ampliación o adquisición de filiales con participación mayoritaria, con una inversión mínima de:
— 750.000 euros en proyectos de empresas productivas que sean PYMES.
— 350.000 euros en proyectos de empresas de servicios que sean PYMES.
— 100.000 euros en proyectos de empresas NEBTs que sean PYMES.
Implantaciones comerciales: Apoyo en la continuidad de la acción por un máximo de un año posterior al periodo subvencionable del Gobierno Vasco, considerándose:
— Gastos de estructura y actividad de la filial comercial: alquiler, equipamiento, gastos de viaje y promoción vinculados con la implantación: ferias, publicidad.
En relación a las acciones de lanzamiento internacional de productos e implantaciones comerciales para que los gastos por trabajos y servicios contratados externamente sean subvencionables:
— En relación a viajes sólo se admitirán las acciones facturadas en relación al transporte y alojamiento.
El gasto máximo subvencionable será el importe máximo establecido en las bolsas de viajes aprobadas por el Gobierno Vasco, según la convocatoria vigente de concesión de las ayudas dirigidas a la promoción e implantación en el exterior.
El número máximo aceptado será 5 viajes por país y año. En el caso de implantaciones comerciales, el máximo será de 7 viajes en relación al proyecto y año.