El Gobierno de España ha aprobado unas ayudas cuya finalidad es promover y mejorar la participación española en iniciativas europeas en ciencia y tecnología, en especial, en el H2020. Las ayudas podrán alcanzar hasta un máximo de 25.000 euros y el plazo de solicitud expira el próximo 14 de mayo.
Las ayudas irán destinadas a fnanciar los gastos necesarios para la preparación y presentación de nuevas propuestas de proyectos de I+D+I en colaboración transnacional liderados por grupos de investigación españoles y que estén dirigidas a las convocatorias del H2020 de acciones de investigación e innovación encuadrados en los pilares de «Retos Sociales» y «Liderazgo Industrial»; acciones de intercambio de personal financiados bajo las acciones Marie Sklodowska-Curie RISE e ITN y ayudas del ERC tipo «Starting», «Consolidator» y «Advanced». Estas propuestas deberán estar lideradas por instituciones españolas y tendrán un alto porcentaje de participación española.
Estas ayudas del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016, correspondientes a las acciones de dinamización de carácter internacional Europa Investigación, están contempladas en el Programa Estatal de I+D+I Orientada a los Retos de la Sociedad.
Finalidad.
Las ayudas que se contemplan en estas actuaciones tienen como finalidad promover y mejorar la participación española en iniciativas europeas en ciencia y tecnología, en especial, el H2020 y de manera específica:
a) Incrementar la participación de todos los agentes del Sistema español en proyectos y programas internacionales.
b) Posibilitar la coordinación y el liderazgo de grandes proyectos de H2020.
c) Mejorar la tasa de éxito y de retorno conseguido por las entidades beneficiarias en H2020 con respecto a 7PM.
d) Fomentar la excelencia e internacionalización del personal investigador de las instituciones ejecutoras de I+D+I.
e) Apoyar el acceso a H2020 de entidades españolas sin experiencia previa.
f) Facilitar el cumplimiento de los objetivos de participación establecidos en los planes estratégicos de internacionalización de las entidades beneficiarias.
Entidades beneficiarias
Podrán ser beneficiarios de las ayudas personas jurídicas sin ánimo de lucro que estén válidamente constituidas y tengan domicilio fiscal en España:
a) Organismos públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
b) Las universidades públicas, sus institutos universitarios, y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, e inscritas en el registro creado por el Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre, por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
c) Otros centros públicos de I+D. Organismos públicos y centros con personalidad jurídica propia dependientes o vinculados a la Administración General del Estado, y los dependientes o vinculados a las Administraciones públicas territoriales y sus organismos, o participados mayoritariamente por el sector público, cualquiera que sea su forma jurídica.
d) Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas, sin ánimo de lucro, vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud que desarrollen actividad investigadora.
e) Institutos de investigación sanitaria acreditados conforme a lo establecido en el Real Decreto 339/2004, de 27 de febrero, y normas complementarias.
f) Entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que realicen actividad de I+D, definida en sus estatutos como actividad principal, y generen conocimiento científico o tecnológico.
g) Centros tecnológicos de ámbito estatal y centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal que estén inscritos en el registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se crea el registro de tales centros.
Proyectos financiables: preparación y presentación de propuestas H2020 partir del 1 de Enero de 2015.
Gastos financiables: material fungible, consultoría, asesoramiento a la innovación y viajes.