Convocatoria Proyectos Estratégicos de I+D 2024 – Gobierno de Navarra

El Gobierno de Navarra ha publicado la convocatoria Proyectos Estratégicos de I+D 2024. El plazo de la presentación termina el jueves 29 de febrero de 2024, a las 23:59 horas.

Objeto: Fomentar la realización de proyectos de alto impacto de Navarra que estén alineados con los sectores identificados en uno de los siguientes retos:

Reto 1: Movilidad sostenible y conectada-VOLTA VIII (2.200.000 euros).
Reto 2: Industria de energía Verde-AERO VIII (2.200.000 euros).
Reto 3: Medicina personalizada y terapias avanzadas-GEMA VIII (2.200.000 euros).
Reto 4: Alimentación Saludable y Sostenible- ALPES VII (2.200.000 euros).
Reto 5: Innovación Digital en Sectores S4-IRIS VI (2.200.000 euros).
Reto 6: Ideas Disruptivas Emergentes Aplicadas-IDEA VI (1.600.000 euros).
Reto 7: Soluciones Innovadoras en Biotecnología-SIBERIA VI (2.200.000 euros).
Reto 8. Economía Circular-ZIRKULAR II (2.200.000 euros).

Los proyectos comprendidos en el Reto 1 y Reto 2 son susceptibles de cofinanciación por parte de la Unión Europea a través del Programa FEDER 2021-2027 de Navarra, con una tasa de financiación del 40%.

Beneficiarios: Podrán obtener la condición de beneficiarias las empresas, los agentes ejecutores de I+D+i registrados en el Sistema Navarro de I+D+i, (en adelante agentes del SINAI) y las Entidades Asociativas Prioritarias (EAP) que reúnan los siguientes requisitos:

  1. Tener centro de trabajo en Navarra y desarrollar en el mismo las actividades subvencionadas.
  2. No estar incursas en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiarias del artículo 13.2 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.
  3. No estar cumpliendo sanciones administrativas firmes ni una sentencia firme condenatoria, por ejercer o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género o, en su caso, no estar pendiente de cumplimiento de sanción o sentencia impuesta por dichos motivos.
  4. Que su actividad económica no cause ningún perjuicio significativo a objetos medioambientales de los señalados en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo.
  5. En el caso de las empresas: estar inscritas en el Registro Industrial de Navarra, en el caso de que proceda conforme al artículo 3 de la Orden Foral 152/2013, de 30 de
    abril, de la Consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo, por la que se crea el Registro Industrial de Navarra.
  6. En el caso de los Agentes de ejecución del SINAI: aquellos que realicen actividades económicas y no económicas, deberán disponer de una contabilidad que permita distinguir claramente entre ambos tipos de actividades y sus respectivos costes y su financiación.

No podrán obtener la condición de beneficiarias:

  1. Las entidades que estén sujetas a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión de la Unión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común ni las que tengan la calificación de empresa en crisis, de conformidad con la definición establecida en el apartado 18 del artículo 2 del reglamento (UE) número 651/2014.
  2. Las “empresas en crisis” conforme a la definición 18 del artículo 2 del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión. A excepción de las empresas que no se encontraban en crisis el 31 de diciembre de 2019, pero han pasado a ser empresas en crisis en el período comprendido entre el 1 de enero de 2020 y el 30 de junio de 2021.
  3. En el caso de subvenciones de importe superior a 30.000€, las empresas que incumplan los plazos de pago previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.

Requisitos y características de los proyectos:

Los proyectos estratégicos deberán cumplir las siguientes condiciones:

  1. Presupuesto mínimo del proyecto: 1.000.000€
  2. Consorcio: mínimo de tres entidades independientes entre sí, siendo necesaria la participación de dos o más empresas y que, al menos una de ellas sea pyme.
  3. Se valorará la presencia de agentes del SINAI en el proyecto, cuando estos asuman como mínimo el 20% de los costes subvencionables.
  4. Cuando concurran empresas y agentes del SINAI como participantes del consorcio, la participación empresarial será superior al 60% de los costes subvencionables (requisito no exigido en el reto 3).
  5. La coordinación y el liderazgo del proyecto la ejercerá una de las empresas participantes (requisito no exigido en el reto 3).
  6. En el caso de los proyectos presentados al reto 3, será obligatoria la participación de, al menos, un Hospital o Clínica de Navarra.

Informe – Proyectos Estratégicos de I+D+i – 2024