Hasta el 21 de noviembre, las PYMEs españolas presentes en el mercado norteamericano o pertenecientes a sectores de alto contenido tecnológico (biotecnología, nanotecnología, TIC´s, contenidos digitales), podrán solicitar las ayudas que ofrece el Plan ICEX Target USA. El programa, que cuenta con un presupuesto de un millón de euros, ofrecerá subvenciones del 50% de los conceptos susceptibles de apoyo con un tope máximo de 50.000 euros por beneficiario.
El objetivo de este programa es convertirse en elemento favorecedor de la consolidación en el mercado de Estados Unidos de aquellas PYMEs españolas que cuenten con un proyecto ya iniciado en dicho mercado, proyecto que ha de ser considerado viable, de calidad y con un impacto considerable y probado.
Los proyectos presentados han de encuadrarse en alguno de los supuestos:
1. Pertenecer a cualquier sector de actividad y contar con una filial ya constituida en Estados Unidos. Si la solicitud de ayuda en el marco del Plan ICEX Target USA se cursa por primera vez en el año 2014, la fecha de constitución de la filial no podrá ser anterior al 1 de enero de 2014.
2. Pertenecer a los sectores de biotecnología, nanotecnología, TIC’s, contenidos digitales y otros sectores de alto contenido tecnológico, sin que sea necesario, dadas las características y necesidades de estas empresas, que las mismas cuenten con filial en Estados Unidos.
Los gastos susceptibles de ser subvencionados serán aquellos destinados a la promoción, a homologaciones y certificaciones y a la obtención de patentes.
Conceptos susceptibles de apoyo
Los conceptos susceptibles de apoyo serán los siguientes:
1. Gastos previos, de constitución y primer establecimiento.
a) Estudios de viabilidad: Contratación de una empresa especializada para la realización de un estudio de viabilidad previo al establecimiento de la empresa en Estados Unidos.
b) Gastos de constitución de la filial: Escrituras, inscripciones, permisos administrativos, licencias y otros gastos que se realizan una sola vez al comienzo de la actividad.
c) Consultorías: Gastos de asesoramiento legal vinculados a la constitución.
d) Homologaciones y certificaciones de carácter obligatorio exigidas en Estados Unidos como requisito previo al establecimiento de la filial.
e) Asesoramiento externo: Gastos de asesoramiento externo puntual directamente relacionados con la constitución de la filial (jurídicos, contables, financieros, fiscales).
2. Gastos de promoción:
a) Investigación de mercados: Estudios de investigación de mercado adquiridos a terceros realizados por consultores externos y referidos a Estados Unidos.
b) Material de difusión y promoción: Elaboración de catálogos, folletos, carteles, páginas web (no se incluye gastos de mantenimiento de la web) y demás material informativo impreso o audiovisual, expositores, puntos de venta, siempre que tengan como objetivo el lanzamiento del nuevo producto/servicio en Estados Unidos.
c) Publicidad: Creatividad del material y coste de compra de espacios publicitarios en medios estadounidenses, así como gastos de publicidad digital enfocada a dar a conocer el producto/servicio de nuevo lanzamiento en Estados Unidos.
d) Acciones promocionales: Presentaciones de productos/servicios, promociones, catas y exposiciones temporales en corners de espacios comerciales o tiendas de prestigio (espacios dedicados en exclusiva a la marca y que cuenten con decoración diferenciada del resto de las marcas ubicadas en ese local) o tiendas propias, producción, organización y promoción de desfiles de moda, tanto comerciales como de imagen siempre que tengan como objetivo el lanzamiento del nuevo producto/servicio en Estados Unidos. Se apoyarán los gastos inherentes a estos actos.
e) Patrocinios comerciales: Patrocinios de carácter comercial siempre que tengan como objetivo el lanzamiento del nuevo producto/servicio en Estados Unidos. Se analizarán caso a caso para poder delimitar en cada uno de ellos los gastos considerados como susceptibles de apoyo.
f) Relaciones públicas: Exclusivamente los gastos de contratación de agencias de relaciones públicas o comunicación con el objetivo del lanzamiento del nuevo producto/servicio en Estados Unidos.
g) Participación en ferias y congresos internacionales: Se apoyará la asistencia como expositor en ferias en Estados Unidos, siempre y cuando ICEX no organice un Pabellón Oficial o Participación Agrupada en la misma. En este caso, se considera como susceptible de apoyo el alquiler de espacio y la decoración del stand. En el caso de participación en congresos y foros especializados, se considerará como susceptible de apoyo la cuota de inscripción.
3. Gastos de defensa jurídica de la marca y homologación:
a) Registro de patentes y marcas: Gastos de registro de patentes y marcas exclusivamente para Estados Unidos.
b) Defensa de la marca: Gastos jurídicos para procedimientos de defensa de la marca en Estados Unidos.
c) Homologación y certificación: Gastos derivados de la homologación ante organismos oficiales en Estados Unidos, así como las certificaciones y precalificaciones ante grandes clientes en el exterior.