26 millones para ayudas del Programa Gauzatu Industria 2016

El Gobierno Vasco ha abierto el plazo de solicitud (hasta el 23 de junio) de las ayudas correspondientes al Programa Gauzatu Industria 2016, cuyo objetivo es impulsar la creación y desarrollo de PYMES de Base Tecnológica y/o Innovadoras, como estrategia de competitividad a futuro, apoyando la inversión generadora de empleo. El  programa cuenta con un presupuesto de 26 millones de euros.
Se trata de anticipos reembolsables a Pymes, catalogadas de Base Tecnológica y/o Innovadoras, por realización de inversiones en activos generadoras de empleo. La ayuda puede alcanzar hasta el 35% de la inversión con un máximo de 1,5 millones de euros.

Empresas Beneficiarias

  • Pymes industriales extractivas, productivas, transformadoras y de servicios técnicos (ligados al producto proceso) conexos a las anteriores, que sean consideradas de Base Tecnológica y/o Innovadoras.
  • Grupos industriales donde la empresa que presente la solicitud, disponga de una participación accionarial del 100% en el resto de empresas del grupo.

Tipo de ayuda

  • Anticipos reembolsables de hasta un 35% de la inversión susceptible de apoyo, con un máximo de 150.000 euros por empleo generado y un límite que en ningún caso podrá superar la cantidad de 1.500.000 euros. Cuando el objetivo de la realización de las inversiones sea, entre otros, el mantenimiento del empleo, el anticipo reintegrable a conceder no superará la cantidad de 100.000 euros.
  • Las PYMEs que desarrollen sus proyectos de inversión en los municipios de la Comunidad Autónoma del País Vasco podrán optar a:
    • Anticipos reintegrables del 35% de la inversión susceptible de apoyo para pequeñas empresas consideradas de Base Tecnológica.
    • Anticipos reintegrables del 30% de la inversión susceptible de apoyo para medianas empresas consideradas de Base Tecnológica.
    • Anticipos reintegrables del 30% de la inversión susceptible de apoyo para pequeñas empresas consideradas, únicamente, Innovadoras.
    • Anticipos reintegrables del 25% de la inversión susceptible de apoyo para medianas empresas consideradas, únicamente, Innovadoras.

Modalidades de ayudas
EFECTO INCENTIVADOR: No podrá iniciarse antes de la fecha de presentación de la solicitud.
HORIZONTE TEMPORAL: Deberá realizarse desde la fecha de presentación de la solicitud, y durante los 24 meses siguientes, en función de sus características y de sus planes empresariales
INVERSIÓN ADMITIDA MÍNIMA Y EMPLEO: Realización de 120.000 euros de inversión admitida mínima y que conlleven a su vez mantenimiento y/o creación comprometida de empleo, en un período máximo de 24 meses.
EMPRESA o GRUPO DE EMPRESAS tanto las inversiones como la creación de empleo a considerar deberán realizarse por una sola entidad jurídica, y en el caso de grupos empresariales, con participación accionarial del 100%, que dispongan de varios centros productivos, únicamente, en el centro productivo o centros productivos que cumplan con los criterios de la presente norma y sean objeto de la inversión y creación de empleo.