63,8 millones de euros para subvencionar actuaciones de eficiencia energética en empresas industriales

Las empresas industriales que implementen actuaciones de eficiencia energética, a través de las que se consiga una reducción de las emisiones de CO2 y del consumo de energía final, podrán acogerse a las ayudas establecidas al efecto por el IDAE – Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía.

El presupuesto para estas ayudas, que tendrán la consideración de entregas dinerarias sin contraprestación (subvenciones), asciende a 63,8 millones de euros.

El objetivo es incentivar y promover la realización de actuaciones en el sector industrial que reduzcan las emisiones de dióxido de carbono, mediante la mejora de la eficiencia energética, contribuyendo a alcanzar con ello los objetivos de reducción del consumo de energía final.

Las actuaciones empresariales subvencionables deben corresponder a cualquiera de las dos tipologías siguientes:

Mejora de la tecnología en equipos y procesos industriales (ratio económico energético máximo de 14.379 € (inversión elegible) / tep (ahorro energía final). La inversión elegible estará comprendida entre 75.000 € y un máximo de 6 M€.

Implantación de sistemas de gestión energética (ratio económico energético máximo de 14.501 € (inversión elegible)/ tep /ahorro energía final). La inversión elegible estará comprendida entre 30.000 € y un máximo de 6 M€.

Características de las ayudas
Las ayudas otorgadas al amparo del Programa, se instrumentarán bajo la modalidad de entrega dineraria sin contraprestación, con una cuantía que será la menor de las siguientes:
a) El 30 % de la inversión elegible del proyecto.
b) La cuantía máxima que con carácter general es del 30% para las grandes empresas, el 40% para las medianas y el 50% para las pequeñas empresas.

Plazos de presentación y vigencia del programa
Las solicitudes se podrán presentar desde el día siguiente a aquel en que concluya el plazo de 1 mes natural desde la fecha de publicación de las Convocatoria en el BOE (23 de mayo de 2017) y la conclusión del mismo se producirá cuando transcurra 1 año natural desde la fecha de publicación de dicha convocatoria, siempre y cuando no se haya agotado el presupuesto disponible.