Impulso de la economía circular en el sector del plástico para 2024

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ha publicado la convocatoria para el impulso de la economía circular en el sector del plástico para 2024. El plazo de presentación permanecerá abierto hasta el lunes, 23 de septiembre de 2024, a las 23:59. El programa contará con un presupuesto de 97.500.000 euros.

Objeto: Mejorar la sostenibilidad y circularidad de los procesos industriales y empresariales del plástico, mejorando la competitividad e innovación del tejido industrial en el marco de una economía circular.

Beneficiarios:

Entidades legal y válidamente constituidas que dispongan de un establecimiento o sucursal en España:

a) Las personas jurídicas de derecho privado con personalidad jurídica propia. No podrán acogerse a las ayudas, las entidades sin ánimo de lucro a excepción de las entidades de economía social, conforme a lo señalado en el apartado b).

b) Las entidades de economía social definidas en el artículo 5 de la Ley 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social. Estas entidades no podrán formar parte del sector público y deberán estar incorporadas en el registro correspondiente que les resulte aplicable según su forma jurídica y su ámbito de actividad económica, ya sea estatal o autonómico.

c) Las agrupaciones de las anteriores siempre que estén participadas por, al menos, una PYME, start-up o entidad de economía social que cumpla con los requisitos del apartado b), sin necesidad de que dichas agrupaciones dispongan de personalidad jurídica propia diferente de las entidades que las compongan. Las personas jurídicas integrantes de la agrupación tendrán igualmente la consideración de beneficiarias, debiendo atenerse a las previsiones contenidas en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

La condición para ser entidad beneficiaria deberá mantenerse hasta finalizada la liquidación de la inversión objeto de subvención.

Requisitos y características de los proyectos:

Serán subvencionables las actuaciones relacionadas con los productos textiles, calzado y complementos listados en el Anexo I de la convocatoria, que reduzcan el consumo de materias primas vírgenes, reduzcan la generación de residuos y/o mejoren la gestión de residuos, contribuyendo de forma sustancial a la transición hacia una economía circular en una de las siguientes categorías (existe una lista de subcategorías incluidas):

a) Investigación y desarrollo. Estudios de viabilidad.

b) Digitalización para innovar en materia de procesos y organización.

c) Incremento del nivel de protección medioambiental de la entidad beneficiaria receptora de la ayuda.

d) Mejora de la gestión de residuos procedentes de terceros.

No serán actuaciones subvencionables aquellas inversiones destinadas a la adecuación a la normativa europea en materia de protección ambiental en vigor o destinadas a la adecuación de normativa europea adoptada pero que no esté aún en vigor.

No serán subvencionables aquellos gastos relativos a proyectos que no respeten plenamente las normas y prioridades de la Unión Europea en materia climática y medioambiental y el principio DNSH. En cumplimiento del principio de DNSH, no serán subvencionables:

a) Las actividades relacionadas con los combustibles fósiles, incluida la utilización ulterior de los mismos (con excepciones).

b) Las actividades en el marco del Régimen de comercio de derechos de emisión de la Unión Europea, en adelante RCDE UE, en relación con las cuales se prevea que las emisiones de gases de efecto invernadero que van a provocar no se situarán por debajo de los parámetros de referencia pertinentes.

c) Las actividades relacionadas con vertederos de residuos, incineradoras y plantas de tratamiento mecánico-biológico (con excepciones)

No serán subvencionables aquellas actuaciones destinadas a la descontaminación de suelos ni al tratamiento y regeneración de aguas residuales.

Las actuaciones no podrán ser objeto de división artificial en diferentes actuaciones o proyectos de inversión para el incremento del importe de subvención.

Intensidad de las ayudas:

a) Proyectos de I+D

• 50% para investigación industrial
• 25% para desarrollo experimental
• 50% para estudios de viabilidad

b) Proyectos de digitalización

• 50% para PYME
• 15% para grandes empresas

c) Proyectos de incremento del nivel de protección medioambiental

• 60% para pequeñas empresas y microempresas
• 50% para medianas empresas
• 40% para grandes empresas

d) Proyectos de mejora de la gestión de residuos procedentes de terceros

• 55% para pequeñas empresas y microempresas
• 45% para medianas empresas
• 35% para grandes empresas

 

Informe – Impulso de la Economía Circular en el sector del plástico