El Plan “ICEX Consolida” apoya la implantación de PYMEs españolas fuera de Europa y USA

El Plan ICEX Consolida está dirigido a apoyar los proyectos de internacionalización en mercados exteriores de PYMES españolas que cuenten con política definida de marca española propia y que pertenezcan a cualquier sector de actividad.

El plazo de presentación de solicitudes finalizará 30 días naturales tras la publicación en el BOE el día 3 de octubre de 2014, es decir, el 2 de noviembre.

Para acceder a las ayudas, las PYMEs solicitantes deben contar con una filial ya constituida en el momento de presentación de la solicitud en mercados exteriores, a excepción de la Unión Europea, Noruega, Suiza y Estados Unidos, no pudiendo ser la fecha de constitución de la misma anterior al 1 de enero de 2013.

Estas ayudas se enmarcan dentro de las medidas de impulso a la internacionalización de las empresas españolas y el fomento de la competitividad, en especial de las PYMES. Para ello, dichas compañías, pertenecientes a cualquier sector de actividad, deben contar con un proyecto ya iniciado, viable y de calidad.

La cuantía de la ayuda será del 50% de los conceptos susceptibles de apoyo (gastos previos, de constitución y primer establecimiento, de promoción y los destinados a defensa jurídica de la marca y homologación), con un tope máximo de 50.000 euros por beneficiario.

Cada empresa podrá presentar varios proyectos simultáneamente en diferentes mercados. En este caso, el porcentaje de apoyo también será del 50%, con un tope máximo de 65.000 euros.

Los apoyos previstos en el marco del Plan “ICEX CONSOLIDA” contemplan una ayuda total de minimis por empresa que no podrá exceder los 200.000 euros en los tres últimos ejercicios fiscales, incluyendo el ejercicio en curso.

Con carácter general, serán objeto de ayuda los gastos efectuados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2014. Excepcionalmente, serán objeto de apoyo los gastos previos, de constitución y primer establecimiento de la filial para la que se solicita la ayuda que hayan sido realizados en 2012 y 2013 de forma previa a la fecha de creación de dicha filial, siempre y cuando hayan sido efectuados, como máximo, en los cuatro meses anteriores a la fecha de constitución.Los gastos de constitución formalizados en el ejercicio 2014 son igualmente apoyables.