Programa Tecnológico Aeronáutico (PTA) - 2023
Administración del Estado
Tipología de ayuda | Presupuesto convocatoria | Plazo de la presentación |
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Subvención | 41.669.022 € | Martes, 16 de mayo de 2023, a las 12:00. |
Tipología de ayuda
Subvención
Presupuesto convocatoria
41.669.022 €
Plazo de la presentación
Martes, 16 de mayo de 2023, a las 12:00.
Objeto
El PTA apoyará la ejecución de proyectos aeronáuticos de I+D+I empresarial en cooperación, en tecnologías aeronáuticas, que contribuyan a alcanzar y permitan generar un efecto de arrastre sobre toda la cadena de valor en los siguientes retos identificados:
Avión cero emisiones
UAVs (aviones no tripulados)
Nuevas aeronaves multipropósito y sistemas
Fabricación inteligente y avanzada. Digitalización
Este programa financiará proyectos de empresas grandes, medianas y pequeñas en concurrencia competitiva en torno a los retos identificados en el sector sobre reducción de emisiones, vehículos aéreos no tripulados, sistemas y fabricación inteligente y avanzada (digitalización).
Del presupuesto total de la convocatoria, 8 millones de euros se destinarán a la modalidad de PYMES. Este presupuesto, además, es ampliable hasta los 40 M € adicionales si se produce un aumento del crédito disponible.
La convocatoria recoge las siguientes modalidades de participación:
PTA Grandes Empresas
- Agrupaciones constituidas por entre 3 y 6 socios (liderada por Gran Empresa y con un mínimo de una PYME).
- Los proyectos subvencionables deberán tener un presupuesto elegible mínimo de 3.500.000 euros y máximo de 12.000.000 euros. El presupuesto elegible mínimo por empresa será de 500.000 euros, en el caso de gran y mediana empresa, y de 250.000 euros en el caso de la pequeña empresa.
- Los proyectos deberán ser plurianuales, con inicio en 2023 y finalización en junio de 2025.
- La subcontratación de organismos de investigación es opcional.
- No se exigen actividades de investigación industrial.
PTA PYMES
- Agrupaciones constituidas por entre 2 y 4 socios, todos ellos PYME (liderada por una PYME que no sea microempresa).
- Los proyectos subvencionables deberán tener un presupuesto elegible mínimo de 1.500.000 euros y máximo de 5.000.000 euros. El presupuesto elegible mínimo por empresa será de 200.000 euros.
- Los proyectos deberán ser plurianuales, con inicio en 2023 y finalización en junio de 2025.
- La subcontratación de organismos de investigación es opcional.
- No se exigen actividades de investigación industrial.
Ninguna empresa podrá superar el 60% elegible de todo el proyecto.
Los proyectos deberán acabar antes del 30 de junio de 2025.
Se admiten los siguientes costes directos de ejecución:
- Costes de personal.
- Costes de instrumental y material inventariable.
- Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos, patentes de fuentes externas y consultoría o servicios equivalentes destinados de manera exclusiva al proyecto.
- Actividades de consultoría para el apoyo de las labores de coordinación del representante (hasta 15.000 € por anualidad).
- Gastos generales y otros gastos de explotación adicionales que deriven directamente del proyecto.
- Gasto derivado del informe de auditor (límite 1.500 € por beneficiario y anualidad).
Las subcontrataciones podrán alcanzar un máximo del 50% del presupuesto financiable de cada beneficiario.
Además, solo se podrán seleccionar aquellas actividades que cumplan la legislación
medioambiental nacional y europea aplicable. Todas las actuaciones financiadas en el marco de la convocatoria deben respetar el principio DNSH.
Las subvenciones podrán alcanzar los límites de intensidad máximos permitidos: 65% gran empresa, 75% mediana empresa y 80% pequeña empresa.
Las ayudas de esta convocatoria, que permiten informe motivado, son incompatibles, durante su periodo de ejecución, con cualquier otra ayuda pública de ámbito europeo, estatal o autonómico, con idénticos objetivos y finalidad.
Las ayudas otorgadas dentro de esta convocatoria son incompatibles con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad.
- Genera Informe Motivado Vinculante: SÍ
- Sujeto a MINIMIS: NO
- Programa sujeto a Efecto Incentivador: SÍ