Programa Tecnológico Aeronáutico (PTA) - 2023

Administración del Estado

Tipología de ayuda
Presupuesto convocatoria
Plazo de la presentación
Subvención
41.669.022 €
Martes, 16 de mayo de 2023, a las 12:00.

Tipología de ayuda

Subvención

Presupuesto convocatoria

41.669.022 €

Plazo de la presentación

Martes, 16 de mayo de 2023, a las 12:00.

Objeto

El PTA apoyará la ejecución de proyectos aeronáuticos de I+D+I empresarial en cooperación, en tecnologías aeronáuticas, que contribuyan a alcanzar y permitan generar un efecto de arrastre sobre toda la cadena de valor en los siguientes retos identificados:

Avión cero emisiones

UAVs (aviones no tripulados)

Nuevas aeronaves multipropósito y sistemas

Fabricación inteligente y avanzada. Digitalización

Beneficiarios

Este programa financiará proyectos de empresas grandes, medianas y pequeñas en concurrencia competitiva en torno a los retos identificados en el sector sobre reducción de emisiones, vehículos aéreos no tripulados, sistemas y fabricación inteligente y avanzada (digitalización).

Del presupuesto total de la convocatoria, 8 millones de euros se destinarán a la modalidad de PYMES. Este presupuesto, además, es ampliable hasta los 40 M € adicionales si se produce un aumento del crédito disponible.

Requisitos y características de los proyectos

La convocatoria recoge las siguientes modalidades de participación:

PTA Grandes Empresas

  • Agrupaciones constituidas por entre 3 y 6 socios (liderada por Gran Empresa y con un mínimo de una PYME).
  • Los proyectos subvencionables deberán tener un presupuesto elegible mínimo de 3.500.000 euros y máximo de 12.000.000 euros. El presupuesto elegible mínimo por empresa será de 500.000 euros, en el caso de gran y mediana empresa, y de 250.000 euros en el caso de la pequeña empresa.
  • Los proyectos deberán ser plurianuales, con inicio en 2023 y finalización en junio de 2025.
  • La subcontratación de organismos de investigación es opcional.
  • No se exigen actividades de investigación industrial.

PTA PYMES

  • Agrupaciones constituidas por entre 2 y 4 socios, todos ellos PYME (liderada por una PYME que no sea microempresa).
  • Los proyectos subvencionables deberán tener un presupuesto elegible mínimo de 1.500.000 euros y máximo de 5.000.000 euros. El presupuesto elegible mínimo por empresa será de 200.000 euros.
  • Los proyectos deberán ser plurianuales, con inicio en 2023 y finalización en junio de 2025.
  • La subcontratación de organismos de investigación es opcional.
  • No se exigen actividades de investigación industrial.

Ninguna empresa podrá superar el 60% elegible de todo el proyecto.

Horizonte temporal

Los proyectos deberán acabar antes del 30 de junio de 2025.

Gastos financiables

Se admiten los siguientes costes directos de ejecución:

  • Costes de personal.
  • Costes de instrumental y material inventariable.
  • Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos, patentes de fuentes externas y consultoría o servicios equivalentes destinados de manera exclusiva al proyecto.
  • Actividades de consultoría para el apoyo de las labores de coordinación del representante (hasta 15.000 € por anualidad).
  • Gastos generales y otros gastos de explotación adicionales que deriven directamente del proyecto.
  • Gasto derivado del informe de auditor (límite 1.500 € por beneficiario y anualidad).

Las subcontrataciones podrán alcanzar un máximo del 50% del presupuesto financiable de cada beneficiario.

Además, solo se podrán seleccionar aquellas actividades que cumplan la legislación
medioambiental nacional y europea aplicable. Todas las actuaciones financiadas en el marco de la convocatoria deben respetar el principio DNSH.

Intensidad de ayuda

Las subvenciones podrán alcanzar los límites de intensidad máximos permitidos: 65% gran empresa, 75% mediana empresa y 80% pequeña empresa.

Las ayudas de esta convocatoria, que permiten informe motivado, son incompatibles, durante su periodo de ejecución, con cualquier otra ayuda pública de ámbito europeo, estatal o autonómico, con idénticos objetivos y finalidad.

Concurrencia y acumulación de ayudas

Las ayudas otorgadas dentro de esta convocatoria son incompatibles con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad.

  • Genera Informe Motivado Vinculante:
  • Sujeto a MINIMIS: NO
  • Programa sujeto a Efecto Incentivador: