El Gobierno Vasco acaba de publicar las Ayudas a la Investigación Colaborativa en áreas estratégicas-Programa Elkartek, cuyo presupuesto para 2016 asciende a 24 millones de euros, un 19,4% superior al de 2015. Podrán acceder a las mismas los Agentes Científico-Tecnológicos integrados en la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación (RVCTI). La fecha de cierre para su solicitud es el 26 de febrero.
Proyectos subvencionables y cuantía de las ayudas
1.– Proyectos de Investigación Fundamental Colaborativa, entendiendo por tal aquellos proyectos de investigación fundamental, realizados en colaboración por los agentes de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación (RVCTI) orientados a ampliar los conocimientos en las áreas enmarcadas dentro de las prioridades establecidas en el Plan de Ciencia, Tecnología e Innovación Euskadi 2020 / Estrategia de Especialización Inteligente (RIS3), Energía, Manufactura avanzada y Biociencias-Salud.
Las ayudas tendrán la naturaleza de subvenciones no reintegrables. En el caso de los Proyectos de Investigación Fundamental Colaborativa podrán alcanzar hasta el 100% de los presupuestos de gasto subvencionables aprobados.
2.– Proyectos de Investigación con alto Potencial Industrial, entendiendo por tal aquellos proyectos de investigación fundamental orientada o de investigación industrial liderados por las Unidades de I+D Empresariales pertenecientes a la Red Vasca de Ciencia Tecnología e Innovación con alto poder de tracción y llegada al mercado y alineados con los ámbitos de especialización enmarcados en el Plan de Ciencia, Tecnología e Innovación Euskadi 2020.
Las ayudas en el caso de los Proyectos de Investigación con Alto Potencial Industrial podrán alcanzar hasta el 100% de los presupuestos de gasto subvencionables aprobados en el caso de proyectos de investigación fundamental y del 50% en el caso de proyectos de investigación industrial.
3.- Acciones complementarias de especial interés, entendiendo por tal aquellos proyectos de intermediación entre la oferta y la demanda tecnológica desarrollados exclusivamente por los Organismos de Intermediación Oferta-Demanda y los Organismos de Difusión, como son:
– Elaboración de estudios de prospectiva y demanda temprana, así como de vigilancia tecnológica vinculados a proyectos de investigación fundamental o industrial.
– Actuaciones encaminadas a favorecer la cooperación tecnológica y el asesoramiento en la preparación de proyectos de I+D+i de investigación fundamental o industrial.
– Actividades de gestión de la I+D+i de transferencia y valoración del conocimiento vinculadas a proyectos de investigación fundamental o industrial.
– Fomento de la participación en actividades de internacionalización de la I+D+i vinculadas a proyectos de investigación fundamental o industrial.
Las ayudas para Acciones Complementarias de Especial Interés podrán alcanzar hasta el 100% de los presupuestos de gasto subvencionables aprobados en el caso de acciones vinculadas a proyectos de investigación fundamental y del 50% en el caso de acciones vinculadas a proyectos de investigación industrial.
Programa de ayudas Elkartek
Desde las instituciones vascas se ha venido haciendo una apuesta mantenida en el tiempo por la investigación y la innovación, siempre desde la perspectiva de contribuir a la mejora competitiva de las empresas y a la creación de bienestar y riqueza económica y social. Fruto de esta estrategia se ha construido el Sistema Vasco de Ciencia, Tecnología e Innovación, que ha permitido situar a Euskadi en el grupo de regiones de alta innovación de la Unión Europea.
El núcleo principal de este sistema lo constituyen los agentes de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación, cuya adecuación, ordenación y actualización es una de las principales palancas para el despliegue de esta nueva estrategia. Este proceso busca, en base a la experiencia adquirida, definir los objetivos y el posicionamiento concreto de cada agente en términos de especialización, excelencia y situación en la cadena de valor de la I+D+i. Todo ello con el fin de aumentar la eficiencia y orientación a resultados de los agentes de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación y mejorar su aportación de valor al tejido productivo y social del País Vasco, a través de la colaboración y la complementariedad.
Fruto de todo ello, se instrumentó un nuevo programa de ayudas para apoyar la investigación fundamental e industrial que desarrollan esencialmente en colaboración, los agentes de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación, que contribuya a desarrollar y desplegar la nueva Estrategia de Ciencia y Tecnología definida en el PCTI 2020, lograr los objetivos definidos y afianzar el Sistema Vasco de Innovación.
Este programa denominado Elkartek se lanzó por primera vez en la convocatoria 2015 y repite en 2016 con un presupuesto de 24 millones de euros, un 19,4% superior al año anterior.
Entidades Beneficiarias
1.– Podrán acceder a las ayudas contempladas en la presente Orden los Agentes Científico-Tecnológicos integrados en la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación.
2.– En todo caso las entidades beneficiarias señaladas en el número anterior deberán realizar ellas mismas las actividades subvencionables establecidas en esta norma y localizar los proyectos objeto de ayuda en el territorio de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
3.– Las entidades beneficiarias tendrán que estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social de conformidad con lo que al respecto disponga la normativa vigente en la materia.
4.– Será, asimismo, requisito indispensable que las entidades beneficiarias tengan personalidad jurídica propia y suficiente capacidad de obrar y que no se encuentren inhabilitadas para la obtención de subvenciones públicas o para contratar con la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco u otro ente público.
En el caso de los Centros, Institutos, Departamentos, Secciones u otras Unidades de Investigación de una Universidad del País Vasco, de las Unidades de Investigación y Desarrollo sanitarias integradas en Osakidetza y de Unidades de Investigación y Desarrollo sanitarias que no posean forma jurídica propia y estén integradas en Centros Sanitarios privados, serán beneficiarias las Entidades en las que se encuentren integrados que ostenten personalidad jurídica propia.
Proyectos subvencionables
1.– Proyectos de Investigación Fundamental Colaborativa
a) Se entenderá por proyectos de Investigación Colaborativa a aquellos proyectos de investigación fundamental, realizados en colaboración por los agentes de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación (RVCTI) orientados a ampliar los conocimientos en las áreas enmarcadas dentro de las prioridades establecidas en el Plan de Ciencia, Tecnología e Innovación Euskadi 2020 / Estrategia de Especialización Inteligente (RIS3):
a) Energía.
b) Manufactura avanzada.
c) Biociencias-Salud.
b) Los Proyectos de Investigación Colaborativa podrán tener carácter plurianual y deberán estar realizados en cooperación entre diferentes agentes de la RVCTI que pertenezcan, al menos, a tres tipologías de agentes de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación.
c) Para que un proyecto sea objeto de subvención deberá presentar un presupuesto total, mínimo, de 500.000 de euros por proyecto y/ 50.000 euros por entidad participante y una duración de hasta 2 años, esto es, podrán comprender los ejercicios 2016 y 2017.
2.– Proyectos de Investigación con alto Potencial Industrial
a) Se entenderá por proyectos de Investigación con alto potencial industrial a aquellos proyectos de investigación fundamental orientada o de investigación industrial liderados por las Unidades de I+D Empresariales pertenecientes a la Red Vasca de Ciencia Tecnología e Innovación con alto poder de tracción y llegada al mercado y alineados con los ámbitos de especialización enmarcados en el Plan de Ciencia, Tecnología e Innovación Euskadi 2020.
b) Los Proyectos de Investigación con alto potencial industrial podrán tener carácter plurianual. Además estos proyectos deberán ser desarrollados por las Unidades de I+D Empresariales en colaboración con otros agentes de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación (RVCTI), y será obligatorio el liderazgo de una Unidad de I+D Empresarial.
c) Para que un proyecto sea objeto de subvención deberá presentar un presupuesto total mínimo de 100.000 euros por proyecto y 50.000 euros por entidad participante y una duración de hasta 2 años, esto es, podrán comprender los ejercicios 2016 y 2017.
3.- Acciones complementarias de especial interés
a) Se entenderá por acciones complementarias de especial interés a aquellos proyectos de intermediación entre la oferta y la demanda tecnológica desarrollados exclusivamente por los Organismos de Intermediación Oferta-Demanda y los Organismos de Difusión, como son:
– Elaboración de estudios de prospectiva y demanda temprana, así como de vigilancia tecnológica vinculados a proyectos de investigación fundamental o industrial.
– Actuaciones encaminadas a favorecer la cooperación tecnológica y el asesoramiento en la preparación de proyectos de I+D+i de investigación fundamental o industrial.
– Actividades de gestión de la I+D+i de transferencia y valoración del conocimiento vinculadas a proyectos de investigación fundamental o industrial.
– Fomento de la participación en actividades de internacionalización de la I+D+i vinculadas a proyectos de investigación fundamental o industrial.
b) Las acciones complementarias deberán estar alineadas con los ámbitos de especialización enmarcados en el Plan de Ciencia, Tecnología e Innovación Euskadi 2020.
c) Las acciones podrán realizarse de manera individual o en cooperación entre diferentes Organismos y podrán tener carácter plurianual, y una duración de hasta 2 años, esto es, podrán comprender los ejercicios 2016 y 2017.
Gastos subvencionables
– Costes de personal (personal investigador, personal técnico y otro personal de apoyo empleado en la actividad de investigación perteneciente a la plantilla de la Entidad solicitante) en la medida que estén dedicados al proyecto, incluyendo tanto los costes directos como indirectos.
– Subcontratación de partes del proyecto de investigación que por su complejidad o especialización no puedan realizarlas las propias entidades beneficiarias. Esta subcontratación no podrá incluir otros gastos distintos a los indicados en este artículo.
– Servicios de asesores y otros servicios análogos, incluida la compra de trabajos de investigación, de conocimientos técnicos, gastos de asistencia a cursos y seminarios externos, estudios de viabilidad y de mercado, entre los que se podrá incluir la auditoría de costes del proyecto El coste de auditoría será subvencionable hasta un máximo de 1.500 euros por proyecto y entidad beneficiaria.
– Otros gastos corrientes (materiales, suministros, viajes, etc.) directamente derivados de la actividad de investigación.
– Gastos relacionados con el registro y mantenimiento de patentes y/o protección de la propiedad intelectual.
– Gastos de amortización relacionados con la generación de infraestructura y adquisición de equipamiento tecnológico avanzado, así como con la mejora de las instalaciones y servicios, realizados con el fin de posibilitar la consecución, en condiciones óptimas, de los objetivos del proyecto.
Cuantía de las ayudas
Las ayudas a conceder tendrán la naturaleza de subvenciones no reintegrables.
Los límites de las ayudas (subvenciones no reintegrables), a conceder a cada entidad beneficiaria, podrán alcanzar los siguientes porcentajes:
Los Proyectos de Investigación Fundamental Colaborativa podrán alcanzar hasta el 100% de los presupuestos de gasto subvencionables aprobados.
Los Proyectos de Investigación con Alto Potencial Industrial podrán alcanzar hasta el 100% de los presupuestos de gasto subvencionables aprobados en el caso de proyectos de investigación fundamental y del 50% en el caso de proyectos de investigación industrial.
Las Acciones Complementarias de Especial Interés podrán alcanzar hasta el 100% de los presupuestos de gasto subvencionables aprobados en el caso de acciones vinculadas a proyectos de investigación fundamental y del 50% en el caso de acciones vinculadas a proyectos de investigación industrial.