Patentar tiene subvención

El Ministerio de Industria, Energía y Turismo, MINETUR, a través de la Oficina Española de Patentes y Marcas, convoca para el año 2015, subvenciones para el fomento de solicitudes de patentes y modelos de utilidad, españoles y en el exterior. El plazo de la convocatoria permanecerá abierto hasta el 23 de abril. La subvención podrá ser de hasta el 90% del coste con el límite de 65.000 euros.

En un entorno económico en el que la internacionalización de las empresas es cada vez mayor, resulta de gran importancia estimular la protección internacional de la tecnología a través de las patentes, con el fin de mejorar la competitividad de las empresas, especialmente las pequeñas y medianas (PYME), que emprenden la búsqueda de mercados fuera de España.

Uno de los objetivos de la presente convocatoria es promover la protección, fuera de España, mediante patente de invención o modelo de utilidad de origen español, con el fin de impulsar la explotación de tecnología española y fomentar, en su caso, la transferencia de tecnología. Para ello, la convocatoria establece ayudas económicas que permitan la recuperación del coste de las tasas oficiales que debe abonar el solicitante en los organismos o países en los que se haya protegido la patente o modelo de utilidad.

Otro de los objetivos es promover la protección, en España, mediante patente de invención o modelo de utilidad con el fin de impulsar el acceso a la Propiedad Industrial de las pequeñas y medianas empresas (PYME) y personas físicas. Para ello, la convocatoria establece ayudas económicas que permitan la recuperación de un porcentaje del coste de las tasas abonadas por el solicitante.

Las subvenciones que se convocan se dirigen a fomentar las solicitudes de patentes y modelos de utilidad en el extranjero, utilizando la vía nacional de los distintos países, la vía europea a través de lo previsto en el Convenio sobre la concesión de Patentes Europeas, hecho en Múnich el 5 de octubre de 1973 (CPE) o la vía del Tratado de Cooperación en materia de patentes, hecho en Washington el 19 de junio de 1970 (PCT).

Beneficiarios

El beneficiario es la persona con domicilio en España que haya realizado directamente o a través de un representante tercero la actividad objeto de la subvención cuya finalidad figura en el artículo 23 de la presente convocatoria, siempre que, siendo el titular de la solicitud de patente o modelo de utilidad español, reúna uno de los siguientes requisitos:

a) Sea una persona física.

b) Sea considerado pequeña o mediana empresa (PYME)

Conceptos y cuantías de las subvenciones

Podrán ser subvencionadas la realización de alguna de las siguientes actividades:

1.º La solicitud de un modelo de utilidad español.

2.º La solicitud y la realización del Informe de búsqueda de anterioridades en el Estado de la Técnica (IET) para las solicitudes de patentes españolas.

3º La solicitud de una patente española prioritaria de una solicitud internacional PCT cuyo Informe de Búsqueda Internacional (IBI) se haya realizado con anterioridad al Informe sobre el Estado de la Técnica (IET).