Plazo de solicitud: Fecha límite 9 de septiembre de 2019
Carácter de la ayuda: Mínimis
Objetivo del programa:
Fomentar la protección de las invenciones nacionales de PYME y personas físicas a través de patentes o de modelos de utilidad.
Empresas beneficiarias:
Persona con domicilio en España, titular de la solicitud de patente o modelo de utilidad y que sea:
- Una persona física,
- PYME
- Trabajadores autónomos (se consideran PYME)
Gastos subvencionables:
- La solicitud de un modelo de utilidad español.
- La realización del informe sobre el Estado de la Técnica (IET) para los modelos de utilidad.
- La solicitud de una patente española.
- La realización del informe sobre el Estado de la Técnica (IET) para las solicitudes de patentes españolas.
- La realización del examen sustantivo para las solicitudes de patentes españolas.
En ningún caso serán objeto de subvención las validaciones de patentes europeas en España o las entradas en fase nacional en España de solicitudes internacionales PCT.
Las actividades objeto de subvención son aquellas que hayan sido publicados en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial (BOPI) durante los años 2016, 2017 y 2018
Límites del importe de las ayudas:
– El importe total de las subvenciones concedidas en esta convocatoria no podrá superar la cuantía de 330.177 €.
– El importe máximo individualizado de las ayudas concedidas será de 65.000 € para cada uno de los solicitantes en esta convocatoria.
– La subvención será del 90% sobre los siguientes importes de referencia, definidos por actividad:
- Modelo de utilidad y patente de invención: solicitud 86 €
- Modelo de utilidad y patente de invención: IET 582 €
- Patente de invención: solicitud IET 668 €
- Patente de invención: examen sustantivo 332 €
Para emprendedores que sean PYME o persona física y han pagado tasa reducida, los importes anteriores quedan reducidos a la mitad.