El Ministerio de Industria, Comercio y Turismo ha anunciado la concesión de ayudas para Planes de Innovación y Sostenibilidad en el Ámbito de la Industria Manufacturera. El programa tiene como objetivo impulsar estos planes en el contexto de salida de la crisis sanitaria derivada del Covid-19, alineados con los objetivos de reactivación de la economía general y el sector industrial en particular, y de la resiliencia del sector productivo nacional.
Estas ayudas serán en régimen de concurrencia competitiva y se aplicarán a la totalidad del territorio nacional.
Líneas de actuación y tipos de proyecto:
- Línea de Investigación, Desarrollo e Innovación: Proyectos de investigación industrial, desarrollo experimental, y proyectos de innovación en materia de organización y procesos.
- Investigación Industrial: investigación planificada o los estudios críticos encaminados a adquirir nuevos conocimientos y aptitudes que puedan ser útiles para desarrollar nuevos productos, procesos o servicios, o permitan mejorar considerablemente los ya existentes.
- Proyectos de desarrollo experimental: La adquisición, combinación, configuración y empleo de conocimientos y técnicas ya existentes, de índole científica, tecnológica, empresarial o de otro tipo, con vistas a la elaboración de planes y estructuras o diseños de productos, procesos o servicios nuevos, modificados o mejorados. (Creación de prototipos, la demostración, proyectos piloto, el ensayo, validación de productos, etc.)
- Proyectos de innovación en materia de organización: La aplicación de un nuevo método organizativo a las prácticas comerciales, la organización del centro de trabajo o las relaciones exteriores.
- Proyectos de innovación en materia de procesos: La aplicación de un método de producción o suministro nuevo o significativamente mejorado.
- Línea de Sostenibilidad y Eficiencia Energética:
- Inversiones destinadas a la protección del medio ambiente.
- Inversiones en medidas de ahorro energético.
Prioridades temáticas: Los proyectos deben estar destinados a aplicarse en la cadena de valor de la industria manufacturera y habrán de adaptarse al menos a alguna de las siguientes prioridades temáticas:
- Economía circular y ecoinnovación aplicadas en la mejora de las cadenas de valor.
- Descarbonización, eficiencia energética y nuevas fuentes de energía sostenible.
- Materiales y productos avanzados.
- Innovación en procesos de calidad y seguridad.
- Innovaciones del proceso productivo derivados de la prioridad temática 3.
Conceptos financiables:
- Para los proyectos de la Línea de Investigación, Desarrollo e Innovación:
- Costes de personal.
- Costes de instrumental y materia inventariable.
- Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia.
- Para los proyectos de la Línea de Sostenibilidad y Eficiencia Energética:
- Aparatos y equipos de producción.
- Edificación e instalaciones.
- Activos inmateriales.
- Colaboraciones externas.
Plazo de realización de las actuaciones:
Serán financiables las inversiones y gastos realizados desde el día siguiente a la presentación de la solicitud y hasta un plazo máximo de veinticuatro meses contados desde la fecha de resolución de la concesión.
Efecto Incentivador:
Se considera que la ayuda concedida tiene efecto incentivador si, antes del inicio de los trabajos del proyecto o actividad, el beneficiario ha presentado la solicitud de ayuda.
Presupuesto mínimo y máximo de inversiones financiables:
El presupuesto financiable mínimo y máximo de inversiones financiables se regulará en las correspondientes convocatorias.
Importe de la ayuda:
El importe de la ayuda a conceder será como máximo del 80% sobre el presupuesto financiable.
Régimen de concesión y características de la ayuda:
- Podrán tener la forma de préstamos o de una combinación de préstamos y subvenciones. Las convocatorias establecerán la forma específica de la ayuda, que podrá estar ligada a la tipología de proyecto, la línea de actuación o el tipo de gasto financiable.
- Préstamos:
- El que resulte de la aplicación de los porcentajes y límites establecidos.
- Plazo de amortización: 10 años, con una carencia de 3 años.
- Préstamos:
- Tipos de interés: Se establecerá en las correspondientes convocatorias, siendo en cualquier caso igual o superior al tipo de interés Euribor a un año.
- El método de amortización seguirá el siguiente sistema: las cuotas de amortización de principal serán anuales y de igual cuantía, y deberán satisfacerse una vez finalizado el plazo de carencia. La liquidación de los intereses será anual desde la fecha de entrega del principal, satisfaciéndose anualmente junto, en su caso, con la cuota de amortización correspondiente al final de cada período.
- Combinación de préstamo y subvención:
- Los préstamos tendrán las mismas características que el anterior apartado. Pero su importe estará limitado por los límites de intensidad de ayuda total, teniendo en consideración, a efectos del cálculo de la intensidad de ayuda, la subvención que se otorga.
Límites:
- Para los proyectos predominantemente de investigación industrial, 20.000.000 euros por empresa y proyecto.
- Para los proyectos predominantemente de desarrollo experimental, 15.000.000 euros por empresa y proyecto.
- Para los proyectos de innovación en materia de organización y procesos, 7.500.000 euros por empresa y proyecto.
- Para los proyectos de protección del medio ambiente, 15.000.000 euros por empresa y proyecto.
- Para los proyectos de eficiencia energética, 10.000.000 euros por empresa y proyecto.
Intensidades brutas máximas:
Convocatorias e inicio del procedimiento:
- Convocatorias anuales, con plazo de presentación de solicitudes definido y determinado, y con un procedimiento único de evaluación y resolución.
- Convocatoria abierta, de carácter anual, con un calendario que especifique varios plazos de presentación de solicitudes a los que se corresponderán varios procedimientos de evaluación y selección.
- El procedimiento para la concesión de dichas ayudas se iniciará de oficio, mediante la publicación de la correspondiente convocatoria cuyo texto completo deberá publicarse en la Base Nacional de Subvenciones (BDNS) y un extracto de la misma en el Boletín Oficial del Estado.
Plazo de presentación de solicitudes:
El plazo de presentación de solicitudes y de la correspondiente documentación será el que establezcan las convocatorias que se deriven de esta orden de bases, no siendo este superior a 60 días hábiles.